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Abogado Yíminson Rojas explica modalidad de trabajo sobre cuatro días semanales

El profesional del derecho también se refirió a la posibilidad de pago de primas hasta en 3 cuotas, pero solo para empresas afectadas económicamente y mediante común acuerdo entre empleador y trabajador.
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Ecos del Combeima
4 Jun 2020 - 22:29 COT por Ecos del Combeima

En diálogo con Econoticias, el abogado laboral Yíminson Rojas explicó en qué consiste el Decreto 770 expedido por el Gobierno Nacional para regular las condiciones del trabajo, la protección al cesante, las jornadas de productividad y el apoyo al empleo en medio de la emergencia económica generada por la pandemia.

Según el jurista, en materia de turnos se presentan dos alternativas orientadas a evitar aglomeraciones en las empresas mediante común acuerdo entre empleador y trabajador: máximo 36 horas a la semana o distribución de 48 horas en cuatro días.

"Lo novedoso que trae esta norma es que se permite extender hasta un turno de 12 horas, pues la Ley 50 de 1990 establecía que máximo se podían lograr dos horas extras al día", explicó Rojas, y agregó que independiente del acuerdo que se puede establecer, las horas adicionales deberán ser pagas con los valores establecidos.

La prima de junio

Por disposición del Gobierno Nacional, el desembolso que como máximo podría realizarse el 30 del presente mes, ahora se podrá hacer efectivo hasta en tres cuotas siempre y cuando la empresa certifique condiciones económicas adversas y exista un total acuerdo entre ambas partes.

En relación con el subsidio para esa obligación, Yíminson Rojas explicó que se podrá aplicar en quienes ganen hasta un millón de pesos. Para los trabajos cuyo sueldo sea superior, el empleador no podrá disponer del beneficio.

Las cajas de compensación

"Los trabajadores que pueden optar a los subsidios a través de las cajas de compensación son aquellos que hayan contizado al menos un año continuo o no dentro de los cinco años anteriores. En ese sentido, se amplía porque la norma ya lo tenía, pero para los tres años anteriores", explicó el profesional del derecho.

Por último, mencionó el auxilio de $160.000 para trabajadores en calidad de suspensión contractual al cual se puede optar solo si no están en ninguno de los demás programas sociales del Estado.

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