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Campañas para difundir la prohibición de experimentación de productos cosméticos en animales

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el apoyo de las empresas privadas, implementarán programas para promover el cuidado de las especies.
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La Ley contempla dos excepciones al uso de pruebas en animales para la industria de cosméticos: cuando un ingrediente deba someterse a pruebas de seguridad, por los riesgos a la salud, o al ambiente, y no existan pruebas alternativas validadas por la comunidad científica internacional.
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MINCIT
12 Oct 2024 - 9:02 COT por Alfonso Aya Roa

Los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, anunciaron un trabajo coordinado para divulgar más ampliamente la Ley 2047 de 2020, que prohíbe la experimentación, importación, exportación, fabricación y/o comercialización de productos cosméticos, sus ingredientes y combinaciones, cuando estos involucren pruebas en animales.

El objetivo de las dos entidades es consolidar un proceso de difusión de esta Ley, que facilite el cumplimento de la norma.

Para lograr este propósito, los Ministerios TIC y CIT anunciaron que instalarán mesas de trabajo para generar un diálogo amplio y socializar las características de la Ley, de manera que se pueda coordinar con las empresas privadas las campañas que apoyen su difusión.

El objetivo es que tanto el sector público como el privado, así como también la opinión pública, conozcan y logren apropiarse de las exigencias que están contenidas en la Ley, con relación al tema de la experimentación en animales para productos cosméticos.

Al mismo tiempo, el Gobierno nacional trabaja en la creación de estímulos y en el uso de modelos alternativos que eviten las pruebas en animales, cuando se trate de productos cosméticos.

Estos incluyen la creación de becas de financiación convocadas anualmente por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, durante los 15 años siguientes a la promulgación de la Ley.

La Ley contempla dos excepciones al uso de pruebas en animales para la industria de cosméticos: cuando un ingrediente deba someterse a pruebas de seguridad, por los riesgos a la salud, o al ambiente, y no existan pruebas alternativas validadas por la comunidad científica internacional.

Así mismo, cuando los datos de seguridad generados a través de pruebas en animales para un ingrediente se hayan realizado para otro propósito diferente al cosmético.

Se espera que tanto las empresas privadas como las públicas puedan innovar frente a las formas convencionales que tienen de experimentación de sus productos cosméticos, y al mismo tiempo puedan aprovechar al máximo los beneficios que otorga el Gobierno Nacional a quienes tengan en cuenta lo que se estipula en la Ley.