Fallo obliga al IBAL a reparar daño en el andén de vivienda de adulto mayor
En una decisión de segunda instancia, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ibagué revocó un fallo previo y ordenó a la Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado (IBAL) reparar en un plazo de diez días el daño en el andén de la vivienda del señor Rubén Ramón Montealegre, un adulto mayor de 95 años.
La acción de tutela fue interpuesta por el Personero Municipal, Eduardo Espinosa Palacios. En el fallo se argumentó que las excavaciones realizadas por el IBAL no solo dificultan la libre locomoción del afectado y de su familia, sino que también contribuyen a problemas sanitarios como la proliferación de roedores y malos olores.
En primera instancia, el Juzgado Doce Penal Municipal había negado la tutela, argumentando que el IBAL estaba adelantando gestiones administrativas para resolver el daño. Sin embargo, el fallo de segunda instancia concluyó que se ha vulnerando los derechos fundamentales a la salud, la dignidad humana, la libertad de locomoción y el acceso a servicios públicos.
El juzgado destacó que, aunque el daño se encuentre en una vía pública, afecta directamente la calidad de vida del señor Montealegre y de los habitantes del sector. Asimismo, subrayó la necesidad de garantizar una solución efectiva e inmediata para evitar riesgos mayores.