Pasar al contenido principal
Econoticias y Eventos
Ibagué
COMPARTIR
Se ha copiado el vínculo

“La decisión del Consejo de Estado indica que el 30 de octubre no habrá consulta popular minera”: Abogado Wilson Vallejo

Golpes de Opinión analizó la decisión del Consejo de Estado y cuáles son las opciones que tendrían la ciudadanía y la administración para sacar adelante la iniciativa.
12 Oct 2016 - 20:18 COT por Ecos del Combeima

La sección Cuarta del Consejo de Estado decidió suspender provisionalmente la Jornada de votación de la consulta Popular Minera que estaba convocada para el 30 de octubre debido a que el alto Tribunal estudia varias acciones de tutela impetradas en contra del mecanismo ciudadano.

Indica el documento:

“1. Como medida cautelar de urgencia, suspender la votación de la consulta popular sobre proyectos y actividades mineras en el municipio de Ibagué convocada para el 30 de octubre hasta que se decida sentencia de tutela”.

“2. Ordenar al señor alcalde de Ibagué que asegure el cumplimiento de esta orden judicial, mediante las respectivas decisiones administrativas y demás medidas pertinentes para ese cometido. La notificación al alcalde de Ibagué deberá hacerse vía correo electrónico”.

Todo indica que la consulta popular minera no se realizará y sí se sigue la línea jurisprudencial de la consulta en el Quindío cuya pregunta es muy similar a la de Ibagué, se tendría que cambiar la pregunta lo cual representaría realizar todo el proceso de nuevo. 

Frente al tema Diana Rodríguez investigadora principal de Dejusticia explicó que el fallo de la Corte es un gran logro para los municipios pues ratifica que los municipios sí tienen derecho a participar en las decisiones del uso del suelo incluyendo la minería y pueden prohibirla, lo cual representa un gran para las comunidades. 

“El fallo dice que las entidades territoriales tienen las facultades para regular el uso del suelo y proteger el medio ambiente, deja en claro que los municipios sí pueden prohibir la minería para lo cual se pueden utilizar los mecanismos de participación ciudadana, otra alternativa es que el Concejo Municipal a través del POT regulen el uso del suelo y decidir en qué sitios se puede hacer minería y en cuáles no, depende de lo que se busque en cada municipio pues hay alcaldes interesados en saber que quiere la ciudadanía pero se puede directamente modificar el Plan de Ordenamiento Territorial o entrar a negociar con el Gobierno Nacional”, explicó la jurista. 

Además expresó que los mecanismos de participación ciudadana le da legitimidad a los acuerdos e incluye a la comunidad en la toma de decisiones y aunque demandan tiempo y recursos deben aprovecharse. 

Con respecto a la decisión de suspender provisionalmente la consulta que se realizaría el 30 de octubre, la abogada explicó que el fallo en la pregunta de Pijao-Quindío se tomó porque estaba viciada y atentaba contra la libertad del electoral y en esto se basó la suspensión de la de Ibagué pues era muy parecida. 

“Lo mejor es esperar que se dé el fallo definitivo y el pronunciamiento del Consejo Nacional Electoral, en este momento una alternativa es presentar una Consulta con una pregunta diferente o el Concejo puede ir avanzando con la modificación del Plan de Ordenamiento Popular”, apuntó Diana Rodríguez.

El abogado Wilson Vallejo explicó que el Consejo de Estado ha ordenado no realizar la consulta popular minera el próximo 30 de octubre y que es claro que la pregunta es conductiva pues nadie votaría otra cosa que no fuera el No y por ello decidieron conformar el comité de abstención frente a la consulta. 

“Cuando salga el auto de acumulación de las tutelas el Consejo de Estado deberá nombrar un magistrado ponente, pues todas las tutelas en curso deben tener uno que estudie el contenido y realizará un proyecto de fallo que deberá poner en consideración de los demás magistrados que le hacen sala, luego de estudiar se irá a una sala a votación que determinará si hay o no consulta, si está bien o no redactada la pregunta y creo que este fallo tendrá una trascendencia nacional pues existen antecedentes constitucionales del departamento de Casanare dónde se dicen otras cosas, pues aunque se declaró una inexequible un artículo de una ley determinada se dio una facultad, tampoco está la prohibición pero hay que analizar si las convocatorias de los municipios cumplen todos los requisitos que se exigen”, aseveró el abogado Vallejo. 

Fue enfático al comentar que Colombia no es un estado federado para que cada departamento tenga una legislación diferente e indicó que si el alcalde Jaramillo sigue adelante y no acata la decisión se presentaría un grave problema entre la legitimidad y la legalidad. 

César Picón, promotor de la Consulta Popular Minera, aseguró que se acatará la decisión del Consejo de Estado y esperará la resolución de las tutelas, “parece que hubieran intereses detrás porque en primer instancia se habían aceptado las tutelas pero el Consejo de Estado negó la emisión de la medida cautelar por considerar que no violaba los derechos del demandante, pero la Procuraduría delegada para los asuntos mineros hizo un pronunciamiento y se dio la orden de suspender con urgencia la Consulta, hay presión por parte de la Procuraduría”. 

El dirigente ambiental afirmó que pese a la preocupación que causa la decisión se ha realizado un trabajo muy fuerte de concientización en la población, además comentó que aún existe la esperanza de que la Corte falle las tutelas a favor de la Consulta Popular pues a su juicio no viola los derechos de los demandantes.

“Debemos mantener la voluntad de defender lo nuestro y el derecho de tener a tener un ambiente sano, debemos mantener vigente la energía popular y la movilización que hemos logrado hacer frente al cuidado de los recursos naturales”, afirmó Picón.