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El transgenerismo lucha por salir del estereotipo de enfermos mentales

Una investigación en México podría sacar esta condición de la clasificación de alteración mental.
22 Ago 2016 - 12:44 COT por Ecos del Combeima

Laura Weinstein, bogotana, historiadora y transgénero, jura que no está loca. Que lo que empezó a sentir de muy niña, y reafirmó en su adultez al asumir su identidad de mujer y rechazar la de hombre que la naturaleza le otorgó, no es una enfermedad.

Ella, empoderada como líder del Grupo de Acción y Apoyo Trans en Bogotá, pide que la Organización Mundial de la Salud (OMS) retire esta condición del capítulo de trastornos mentales y del comportamiento que trae la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE10). Justifica, entre otras cosas, que esa decisión podría significar para su comunidad derrumbar barreras de acceso a la salud, al empleo y el surgimiento de un entorno menos discriminatorio.

La clasificación CIE, en su décima actualización, sigue incluyendo en el capítulo de enfermedades mentales y del comportamiento los trastornos de la identidad de género y de la preferencia sexual. En otras palabras, las personas que no se sienten identificadas con su sexo de nacimiento comparten lugar en algunos planos de la medicina con males como la esquizofrenia, las demencias, las neurosis y las psicosis.

Pero no solo la OMS –que es la agencia de las Naciones Unidas para la salud– considera el transgenerismo como un desorden. El ‘Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales’ (conocido como DSM-V, por sus siglas en inglés), construido por la Asociación Psiquiátrica Americana, todo un referente a nivel mundial para esta especialidad, denomina esta condición como una disforia de género. Y describe que “las personas trans viven con un estado de insatisfacción general derivada del hecho de tener la vivencia permanente de ser alguien que su cuerpo no expresa plenamente”.

Cabe aclarar que a pesar de estar en esas listas, la mayoría de los psiquiatras en el mundo hoy no consideran el transgenerismo como una psicopatología. Sin embargo, sí reconocen que puede ser un componente base para desarrollar otras alteraciones cualificadas desde el plano emocional. Y por supuesto, el hecho de que esté allí puede generar confusión para el entorno social y desazón en algunas instancias.

En esas clasificaciones, la DSM-V y la CIE10, el homosexualismo estuvo incluido hasta 1973 y 1990, respectivamente. La evidencia científica demostró en su momento que los seres humanos gais no sufrían desviaciones sexuales, ni mucho menos, sino que se trataba de una condición. Ahora el transgenerismo comienza a recorrer un camino similar.

La propia OMS les encargó a comunidades científicas de México, Brasil, Sudáfrica, Libia, India y Francia investigar el tema para determinar si los individuos transgénero padecen realmente alteraciones mentales, con miras a obtener un acercamiento universal y sociológico y actualizar su lista CIE10. Hace tres semanas uno de esos estudios en América Latina le respondió al organismo internacional de forma contundente.

Condición y no trastorno

Los resultados de dicho trabajo, cuyos autores son investigadores del Instituto Nacional de Psiquiatría (INP) de México, aparecieron publicados en la edición de julio de la revista ‘The Lancet Psychiatry’.

En él afirman que el transgenerismo es una condición y no una psicopatología. Además muestran evidencia de que el distrés o el sufrimiento que padecen algunas personas de esa comunidad son consecuencia del rechazo social y la violencia que deben enfrentar y no a su identidad.

La doctora mexicana Ana Fresán integró el equipo a cargo de este trabajo. En diálogo con EL TIEMPO explicó que se entrevistó a 250 adultos transgénero de todas las clases económicas y niveles laborales, pacientes de la clínica especializada Condesa, una de las más grandes de América para las personas con esa condición.

La especialista señala que para hablar de una enfermedad mental las personas deben mostrar un deterioro funcional originado en su condición médica. Sin embargo, según lo visto “no todos los trans lo evidencian y se pudo comprobar que el distrés en realidad es debido al rechazo que viven estos pacientes y a la violencia de la que son objeto”.

“Es necesario empezar a difundir la información de que esto no es una enfermedad mental y que la gente entienda la diferencia entre la identidad de género, la orientación sexual y el sexo con el que se nace para cimentar la igualdad y el respeto”, añadió.

El estudio mexicano también halló que el promedio de edad en el que los entrevistados identificaron una discrepancia con su género fisiológico fue los cinco años. “Y ahí empieza un problema, porque anhelan vestirse y comportarse como el sexo contrario. Pero es en la adolescencia cuando todo estalla”, manifiesta.

“Estamos abriendo la puerta para que la condición transgénero sea eliminada en la próxima clasificación CIE11. Pero también está la propuesta de que no se excluya totalmente, ya que aunque no es una enfermedad mental sí requiere la atención médica para su condición. La idea es crear un nuevo capítulo que se denomine condiciones relacionadas con la salud sexual”, apuntó.

Para la Asociación Psiquiátrica de América Latina (APA), el transgenerismo se define como una condición en la cual una persona adapta su cuerpo al sexo con el que se siente más a gusto, por lo que consecuentemente este organismo tampoco lo considera una alteración desde el punto de vista autónomo.

En palabras del presidente de la APA, Rodrigo Córdoba, el transgenerismo “no configura una enfermedad, porque no tiene todas las características de un cuadro patológico”.

Por lo pronto, los resultados del estudio de México se unirán a lo replicado en otros países para construir un solo documento que incluya, desde diferentes niveles de desarrollo, un análisis de cómo afectan las diferencias culturales a la condición transgénero. De esa forma, el CIE11 se publicaría actualizado en el 2017.

En el 2012, la Corte Constitucional, mediante la sentencia T-876, le ordenó a la Empresa Promotora de Salud Comparta realizar un proceso de reasignación sexual a Julián Sneider Clavijo, una persona transgénero. El tribunal justificó que el procedimiento le garantizaba al ciudadano “un bienestar físico, psíquico y social”.

La sentencia fue fundamental para la comunidad transgénero porque fue la primera vez que en Colombia una reasignación sexual debió ser cubierta integralmente por el sistema de salud y sirvió para reconocer estos procedimientos como un derecho fundamental.

La Corte se refirió a la salud en ese fallo como “todos aquellos aspectos que inciden en la configuración de la calidad de vida del ser humano, lo cual implica, de suyo, un reconocimiento a la trascendencia de los aspectos físico, psíquico y social dentro de los cuales conduce su existencia”.

Dilema y contrasentido

Pero ese caso puso de manifiesto un dilema para las personas trans: para lograr un proceso de reasignación sexual deben presentar un concepto psiquiátrico que cualifique una disforia de género y justifique la intervención. Es decir, la lista de las enfermedades mentales de la que buscan salir es la misma que les otorga, en el papel, el derecho a hacer su transición.

Ese proceso de reconocer una enfermedad se denomina patologización y, según Laura Weinstein, los trans han tenido que asumirlo casi por obligación. “Si quieres acceder a algún tipo de servicio de salud tienes que reconocer que eres una persona enferma que necesita una cura con procedimientos quirúrgicos. Pero en la mayoría de los casos, así nos ‘patologicemos’, el sistema no asume la responsabilidad de las cirugías”, asegura.

Para que una persona trans logre acceder a un proceso de reasignación sexual, debe presentar un concepto psiquiátrico a su EPS y esta debe evaluar con un equipo interdisciplinario si el paciente es apto o no. “En muchas ocasiones rechazan a la gente justificando que se trata de procedimientos estéticos”, apunta Weinstein, y agrega que en caso de ser rechazados, los trans deben iniciar alegatos judiciales por medio de tutelas.

“El mensaje es que necesitamos salir del diagnóstico de personas enfermas, pero que los sistemas de salud cumplan con todos los procedimientos que requieran las personas trans, porque son un derecho, como el derecho a poder ser y la libre autodeterminación”, concluye.

Para Ana Fresán, esa encrucijada a la que se han visto obligados los transgénero “potencializó el estigma hacia esas personas, y en lugar de mejorar el acceso a los servicios de salud creó barreras”.

Andrés Lasso, psicólogo clínico colombiano, asegura que las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgéneros e intersexuales (LGBTI) tienen una mayor tendencia a presentar alteraciones psicológicas, como la depresión y desenlaces suicidas, como consecuencia de la violencia estructural que suelen padecer grupos marginales y no de su condición.

“Es como respuesta a esas dificultades que se producen esos casos, a partir de la violencia y toda la discriminación que tienen que sufrir día a día”, afirma.

Otros reclamos de esta comunidad

Colombia no cuenta con datos exactos sobre la demografía de esta condición, en parte porque suele agruparse con la comunidad LGBTI.

De acuerdo con algunos trans consultados, es justamente la falta de reconocimiento uno de los principales problemas que deben afrontar, pese a que el Decreto 1227 del 2015, firmado por el Ministerio del Interior y de Justicia, permite corregir el componente sexual en los documentos de identificación.

También señalan que hay barreras para la salud y las oportunidades laborales. Un informe de la fundación Colombia Diversa muestra que entre el 2013 y el 2014 más de 30 personas fueron asesinadas en el país por prejuicio y que reina la impunidad en estos casos. De fondo está, claramente, una discriminación que persiste. Cifras de la Alcaldía de Bogotá señalan que el 98 por ciento de los LGBTI han sentido rechazo o que sus derechos han sido vulnerados por su orientación.

Fuente: El Tiempo (leer nota original)