Condenados Orlando Arciniegas y Leonardo Alexander Valero por irregularidades en contrato del estadio Manuel Murillo Toro
El Juzgado Sexto Penal del Circuito de Ibagué dictó sentencia contra el abogado Orlando Arciniegas Lagos y el exgerente del IMDRI, Leonardo Alexander Valero González, encontrándolos culpables de las conductas de contrato sin cumplimiento de requisitos legales e interés indebido en la celebración de contratos.
Las irregularidades se remontan al año 2015, cuando ambos participaron en la evaluación de propuestas para la licitación pública destinada a la ampliación y remodelación del estadio Manuel Murillo Toro en Ibagué, en el marco de los Juegos Nacionales y Paranacionales.
Según el fallo, Arciniegas y Valero habrían favorecido a un único contratista, la Unión Temporal Murillo Toro, mediante la manipulación de pliegos.
Entre los hallazgos más relevantes se señaló que ambos tramitaron el contrato de obra pública Nro. 078 de 2015, adelantado en su fase precontractual como licitación pública, el cual incluía dentro de los pliegos de condiciones requisitos que diferían sustancialmente de los consignados en otras licitaciones de escenarios deportivos, con el único fin de beneficiar a un oferente y excluir la competencia.
Esto ocurrió, como no podría ser de otra forma, por la previa concertación en el pago de coimas a los dos procesados y otros sujetos.
El fallo menciona también cómo el afán por beneficiar a este proponente, llevó a que Valero participara junto a otros involucrados en el contacto con personal de la UT Murillo Toro para que se corrigiera un error en la propuesta radicada. Además, asistió a una reunión a las afueras de Ibagué, permitiendo que el contratista modificara la información errónea en la propuesta originalmente
presentada.
Ambos procesados aceptaron cargos mediante un preacuerdo con la Fiscalía, lo que llevó a la individualización de sus penas.
Por un lado, Arciniegas Lagos fue condenado a 42 meses de prisión, una multa de 42 salarios mínimos legales mensuales vigentes, $54,600,000, y una inhabilidad para ejercer como abogado durante el mismo periodo.
Por el otro, Leonardo Valero González recibió una pena de 34 meses de prisión, una multa de 35.33 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalentes a $45,929,000, y una inhabilidad para ejercer como ingeniero civil por igual tiempo.
Según la sentencia, el preacuerdo se aprobó teniendo en cuenta que no hubo, presuntamente, incremento patrimonial por las conductas aceptadas por ambos.
Finalmente, el juez negó cualquier beneficio como prisión domiciliaria o suspensión condicional de la pena, recordando que los delitos contra la administración pública excluyen la posibilidad de estas medidas.