Corte Constitucional emitió fallo sobre mascotas en procesos de divorcio
La Corte Constitucional emitió un fallo que marca un hito en la legislación colombiana, se trata de la protección de las mascotas durante procesos judiciales, incluyendo divorcios o deudas.
Esta decisión se tomó durante la reunión anual de la Corte en Manizales, donde se destacó la importancia de las mascotas o animales de compañía en el desarrollo de la personalidad y su papel fundamental dentro de las familias colombianas.
“El artículo demandado en esta ocasión está compuesto por 16 numerales, en los cuales se enlista una serie de bienes que no pueden ser objetos de embargo”, explicó el magistrado José Fernando Reyes, presidente de la Corte Constitucional.
La decisión establece que, las mascotas deben ser consideradas bienes inembargables, lo que significa que, no podrán ser tomadas como garantía en procesos judiciales ni ser reclamadas como forma de pago de deudas o separaciones entre conyugues.
Lo anterior, basado en que el embargo de una mascota vulnera no solo el bienestar del animal, sino también el de las personas que disfrutan de su compañía y que lo consideran como parte fundamental en su vida y hogar.
Esto sin duda, es un paso importante de la Corte Constitucional al considerar que las mascotas no deben ser vistas como objetos, sino como un miembro más de la familia y deja una puerta abierta para continuar trabajando en la protección y cumplimiento de sus derechos.