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Corte Constitucional abre el mercado del aguardiente en todo el país

La Corte argumentó que estas medidas afectaban el mercado y limitaban la oferta disponible para los ciudadanos.
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4 Feb 2025 - 20:40 COT por Ecos del Combeima

Después de una deliberación de casi 12 horas, la Corte Constitucional declaró inconstitucional la facultad que permitía a los gobernadores restringir la comercialización de aguardientes provenientes de otras regiones del país. Con esta decisión, el alto tribunal garantizó el derecho a la libre competencia y la libertad de elección de los consumidores.

La sentencia anuló los incisos primero y segundo del artículo 28 de la Ley 1816 de 2016, que habilitaban a los mandatarios departamentales para suspender los permisos de introducción de aguardientes producidos fuera de su territorio. La Corte argumentó que estas medidas afectaban el mercado y limitaban la oferta disponible para los ciudadanos.

Este fallo responde a demandas que cuestionaban las restricciones impuestas por algunos departamentos, las cuales generaron monopolios locales y afectaron la diversidad de marcas disponibles en el mercado. En algunas regiones, aguardientes que ganaron popularidad fueron retirados del comercio debido a estas normativas.

La decisión de la Corte marca un precedente en la regulación del sector licorero y abre la puerta a un mercado más competitivo, en el que los consumidores podrán acceder a una mayor variedad de productos sin restricciones departamentales. En desarrollo...