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CNE pospuso decisión sobre cargos a la campaña 'Petro Presidente'

Dentro de dos semanas, el Consejo Nacional Electoral tomará la decisión final frente al caso del ahora mandatario.
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petro
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Sacada de internet
29 Ago 2024 - 15:22 COT por Jorge Cortés

El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha decidido posponer por dos semanas más la toma de una decisión definitiva en relación con la investigación que se adelanta contra la campaña del actual presidente Gustavo Petro, por supuestas irregularidades en su financiamiento.

En la sesión plenaria, algunos magistrados solicitaron la rotación de la ponencia elaborada por los togados Benjamín Ortiz (Partido Liberal) y Álvaro Hernán Prada (Centro Democrático). En esta ponencia se propone formular cargos contra la campaña y contra Petro, aunque solo en su calidad de candidato, sin afectar su cargo como jefe de Estado.

Para ello, se utilizó la figura de “rotación simultánea”, que permite a varios despachos solicitar al mismo tiempo copia de la ponencia para analizarla detalladamente y adoptar una posición al respecto.

A partir de este jueves, la sala plena contará con dos semanas adicionales para examinar el documento de 350 páginas proyectado por Ortiz y Prada. Se sabe que la magistrada Alba Lucía Velásquez no asistió a la sesión del 29 de agosto debido a una incapacidad médica.

En la ponencia existe una parte que se insiste en formular cargos a la campaña por posibles omisiones de carácter administrativo que son sancionables por la ley. Además, se reafirma la petición de procesar a Petro en su calidad de candidato, dejando claro que el CNE no tiene competencia para investigar al presidente en su calidad de jefe de Estado.

La decisión de mantener esta línea de acción se basa en un reciente fallo del Consejo de Estado, que estableció que el CNE tiene la autoridad para investigar la campaña presidencial y formular cargos contra el candidato. Sin embargo, se subraya que la facultad de investigar al jefe de Estado recae exclusivamente en la Comisión de Acusación de la Cámara.

En la ponencia, que consta en el documento en poder de este medio, se incluye el artículo "décimo octavo", donde se resuelve "no acceder a las solicitudes de nulidad ni al archivo de la actuación administrativa presentadas por los doctores Héctor Alfonso Carvajal Londoño y Ulises Evaristo Durán Porto".

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