Avanza proyecto que promueve educación superior gratuita a personas en condición de discapacidad
La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate, el proyecto de ley estatutaria por medio del cual se promueve el acceso a la educación superior pública gratuita a las personas en condiciones de discapacidad.
De acuerdo a la representante Adriana Matiz, coautora y coordinadora ponente “esta iniciativa tiene como objeto principal, garantizar el acceso a la educación superior pública, para las personas con discapacidad, evitando las barreras económicas que pueden existir y fomentando la educación inclusiva”.
Asimismo, según Matiz “de acuerdo con un informe elaborado por el Dane en el año 2020, denominado “panorama general de la discapacidad en Colombia” se pudo determinar que actualmente en nuestro país, hay 3 millones 134 mil personas con dificultades para realizar actividades básicas diarias, y esas estadísticas reflejan que la participación de las personas con discapacidad en los niveles de educación superior es muy baja, encontrando que el mayor grado de escolaridad alcanzado en la población con discapacidad es la educación primaria.
“Esta circunstancia entra a impactar e influir en los niveles de empleabilidad, emprendimiento, en la calidad de vida y en la oportunidad de obtener un sustento por parte de este grupo poblacional”, agregó.
La congresista tolimense concluyó “quiero terminar con una frase, manifestando que la única discapacidad en la vida, es la mala actitud de quienes creen, que ser diferente es ser menos. Nosotros tenemos una deuda histórica con esta población y esa es la razón que hoy nos lleva a defender, sustentar y presentar un proyecto tan importante como este”.
Esta iniciativa, establece la exención del valor de la matricula para la población en condiciones de discapacidad, que ingresa a una universidad en las modalidades: técnica profesional, tecnológica y superior pública; además de regular que las instituciones de educación superior deben asignar, reservar y destinar mínimo el tres por ciento del total de los cupos ofertados en cada una de las carreras o programas para las personas con discapacidad.