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Tolima
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"De ninguna manera es posible que una decisión de la Corte sobre exequibilidad tenga un retroactivo": Ernesto Cardoso

El ex procurador Agrario y Ambiental del Tolima explicó desde el punto de vista legal la solicitud que realizó la procuradora, Piedad Angarita al procurador Carlos Valdivieso, de no permitir que se archiven las investigaciones contra el ex alcalde y ex concejales de Piedras por convocar una consulta minera para prohibir la minería en este municipio.
26 Sep 2016 - 11:34 COT por Ecos del Combeima

El ex procurador Ernesto Cardoso, explicó que hace algunos días se conoció una decisión de primera instancia que señalaba archivar la investigación por considerar que no habían incurrido en ninguna falta disciplinaria. 

“El despacho del procurador tiene adscrito un grupo asesor especializado en el tema de minas e hidrocarburos y se consideró que la decisión adoptada no correspondía a la realidad legal y disciplinaria pues ni el alcalde ni los concejales tenían la facultada en ese momento de convocar una consultar para prohibir la minería en Piedras”, comentó Cardoso. 

Agregó además que la solicitud del despacho se fundamenta en que para la fecha en que convocaron la consulta no existía ninguna decisión de la Corte Constitucional que declarará inexequible el artículo 37 de la ley 685 mejor conocida como Código de Minas. 

“Éste es un tema que hay que analizarlo desde la interpretación del derecho y las decisiones judiciales de la Corte, su última sentencia realmente le reconoce a los entes territoriales en cabeza de sus mandatarios la posibilidad de convocar consultas populares relacionados con ordenamiento del territorio y uso del suelo, pero esa decisión de la Corte es de abril de 2016 y de ninguna manera es posible que una sentencia judicial tenga efectos retroactivos”, afirmó el ex procurador. 

Bajo esta perspectiva para Ernesto Cardoso en el momento que el alcalde y concejales de Piedras convocaron la consulta no estaban cobijados por dicha sentencia. Además explicó que en el caso de Ibagué los hechos que produjeron la consulta popular se dieron meses antes de salir la sentencia que cobija a los entes territoriales.