Sólo la Cámara de Representantes puede juzgar al Presidente de la República

La Sala Plena de la Corte Constitucional amparó los derechos del presidente Gustavo Petro y acogió una acción de tutela que el primer mandatario había impuesto contra la Sala de Consulta del Consejo de Estado, en la que definía quien ser´pia el juez del mandatario en la investigación sobre la financiación de al campaña.
De acuerdo con la decisión de la Corte Constitucional, el único juez del presidente de la República es la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
La decisión dio cinco días a ese tribunal electoral para que envíe el expediente contra Petro a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes.
Queda claro que el jefe del Estado no puede ser juzgado por el Consejo Nacional Electoral, tal y como se hbaia solcitado en instancias políticas.
La Corte aclaró que esa instancia es la única que puede investigar al presidente por presuntas irregularidades en una campaña presidencial.
La discusión en la Sala Plena tuvo una votación de cinco contra cuatro.