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“No podemos seguir permitiendo que abusen con el recurso de la salud de los colombianos llegó la hora de enderezar el camino”: superintendente de Salud

Luego de la aprobación proyecto que busca fortalecer capacidad sancionatoria de la Supersalud frente a las EPS este entrará en discusión en plenaria del Senado y pasará a sanción Presidencial.
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Asamblea Tolima
18 Dic 2018 - 6:14 COT por Ecos del Combeima

 

En la plenaria de la Cámara de Representantes del pasado lunes 17 de diciembre, se le dio vía libre al proyecto que busca fortalecer capacidad sancionatoria de la Supersalud frente a las EPS y prestadoras de la seguridad social.

El proyecto entrará discusión en plenaria de Senado y a sanción presidencial, para convertirse en Ley de la República de 2018.

Frente a este hecho calificado como histórico para el sistema de salud el superintendente Nacional de Salud, Fabio Aristizábal Ángel, agradeció el respaldo que le dieron al proyecto los Representantes y afirmó al mismo tiempo que ese mensaje que se le está dando es vitar para mejorar el servicio y la calidad de los usuarios.

Más de 17 reuniones hicimos para socializar el proyecto y hoy gracias a ustedes vamos a ver que es una realidad para el país, no podemos seguir permitiendo que abusen con los recursos de la salud de los colombianos llegó la hora de enderezar el camino, llegó la hora de poner sanciones ejemplarizantes”.

Entre los beneficios que se tendrán explicó el superintendente que está el fortalecimiento de la capacidad sancionatoria de la Supersalud a través del endurecimiento de las medidas de control y la elevación de las multas que ahora pasan de un máximo de 2.500 SMLMV a 8.000 SMLMV para personas jurídicas y hasta de 2.000 SMLV para personas naturales.

 

De acuerdo a Aristizábal Ángel este monto fue ajustado por los mismos congresistas durante las comisiones séptimas tanto de la Cámara de Representantes y Senado, pues el proyecto inicial planteaba que el máximo fuera hasta de 1.000.

Otro aporte para el sistema de salud es que se tendrán multas sucesivas hasta de 3.000 SMLMV para personas jurídicas y de hasta 300 SMLMV a personas naturales para aquellos que incumplan órdenes de contenido no pecuniario, emitidas en el marco de una sanción administrativa.

“Por ejemplo, si la Superintendencia ordena la entrega de un medicamento a una persona y la EPS no lo hace, podrá recibir las multas sucesivas hasta el monto estipulado, en caso de incumplimiento”, dijo el supersalud.

 

Conozca otras facultades:

*Podrá además la Supersalud, suspender el certificado de autorización, hacer cierres temporales o definitivos de uno o varios servicios y remover del cargo a los representantes legales, revisores fiscales y gerentes de EPS o de las demás entidades vigiladas e inhabilitarlos hasta por 15 años para ocupar cargos en entidades o instituciones públicas y privadas del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

*Ampliación del término de la caducidad de la facultad sancionatoria de 3 a 5 años, teniendo en cuenta que los 3 años contemplados actualmente son insuficientes para resolver las etapas de inspección, vigilancia y control, en atención a la dificultad de los temas que se manejan y el alto volumen de procesos.

*Aumento del término para decidir los recursos de vía gubernativa (reposición y apelación) de 1 a 3 años, e incorpora el silencio administrativo positivo (esto significa una respuesta positiva a lo solicitado) a efectos de garantizar la efectividad y eficiencia de las decisiones sancionatorias que emite la entidad y la protección de los derechos de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

*Consolidar al Juez de la Superintendencia como juez técnico de la salud, permitiéndole a la entidad emitir sentencias en tiempo y de manera eficiente principalmente sobre aquellos asuntos en los que se involucra directamente la salud de los usuarios.

*Fija los límites a los procesos de reorganización para garantizar un correcto flujo de recursos y el pago de acreencias, con el objetivo de que no se diluyan las responsabilidades adquiridas por la entidad solicitante, especialmente, cuando se encuentran en medida especial.